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El SAT va tras las propinas

Chetumal, 15 de enero (Por Esto Q Roo)

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ahora va por las propinas, pues de acuerdo a su normativa, la propina que los clientes pagan por servicios debe incluirse en las facturas y sobre ese monto cobrar al trabajador los impuestos correspondientes.

El exvicepresidente general del Colegio de Contadores Públicos de Quintana Roo, Luis Matos Argüelles, dijo que si bien la propina era algo que la autoridad fiscal ha considerado desde siempre como un ingreso, ahora serán más estrictos para controlarla, pues desde el año pasado el SAT ha estado realizando operativos sorpresa en restaurantes para verificar que este concepto se incluya en las facturas.

propina4“En Cancún, el incluir la propina en la factura es una medida que desde hace un tiempo ya se ha adoptado en varios restaurantes y hoteles; solo que se tiene que dejar muy claro que la propina es opcional para el cliente, no es obligatoria, y en caso de que éste la deje, es ahí cuando se incluye en la factura”, comentó Matos Argüelles.

De acuerdo al artículo 94, primer párrafo de la Ley del ISR, se establece que se consideran ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado, los salarios y demás prestaciones que deriven de una relación laboral, incluyendo la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas y las prestaciones percibidas como consecuencia de la terminación de la relación laboral.

Por tanto, las propinas son consideradas como un ingreso para el trabajador y por ello, están sujetas al cobro de impuestos; esto respaldado también por el artículo 346 de la Ley Federal del Trabajo, que señala que las propinas percibidas por los trabajadores en hoteles, casas de asistencia, restaurantes, fondas, cafés, bares y otros establecimientos análogos, son parte del salario del trabajador.

Por lo anterior, las propinas antes referidas que les sean concedidas a los trabajadores, deben ser consideradas por el empleador para efectuar el cálculo y retención del ISR que, en su caso, resulte a cargo del trabajador, en los términos del artículo 96 de la Ley del ISR.

Es así como las propinas que los clientes ofrecen como gratificación por el servicio recibido serán afectas a impuestos, y para asegurar de que ésto se lleve a cabo, el SAT continuará con las verificaciones sorpresa en establecimientos, pudiendo aplicar sanciones en caso de detectar que no se esté incluyendo la propina en las facturas.

Se le recuerda al amable lector que la propina no es obligatoria, sino que es opcional y totalmente voluntaria, al igual que la cantidad que se deje como parte de este concepto queda completamente a decisión del consumidor.

En caso de que se detecte algún establecimiento donde le cobren o condicionen la propina, el cliente puede interponer su denuncia a la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).

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